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El Congreso de los Diputados ha aprobado el proyecto de Ley de Autoempleo. Una normativa que tiene como novedad la posibilidad de que los trabajadores que se incorporen a cooperativas puedan acogerse al derecho de cobrar la pensión por desempleo en un pago único. La medida ha sido aprobada con los votos de PP y UPyD.
El texto legal matiza ciertos aspectos en torno al pago único de esta prestación. De hecho, esta cantidad no podrá ser percibida por los socios trabajadores de cooperativas, sí por quienes cumpliendo todos los requisitos pretendan realizar una actividad profesional como autónomos. Del mismo modo, se verán beneficiados aquellos que destinen el 100% del importe a una aportación de capital social de una entidad mercantil de nueva creación.
En este sentido, la ley establece que el dinero podrá utilizarse para los gastos de constitución y puesta en funcionamiento, pago de tasas y tributos. También se extiende al pago de servicios específicos de asesoramiento, formación e información hasta un máximo del 15% del total de esta cuantía.
Así, es importante que quienes tengan intención de seguir esta alternativa sepan que deberán asegurarse el control efectivo de la empresa y ejercer en ella una actividad profesional como trabajadores por cuenta propia, a riesgo de que se considere el abono de la prestación por cese de actividad como pago indebido.
Fomento del autoempleo
Esta nueva normativa también contempla ayudas al fomento del autoempleo. Así, aquellos autónomos que perciben al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente podrán contratar un trabajador con contrato de interinidad. Del mismo modo, la ley amplía la tarifa plana para autónomos, al reducir la cuota por contingencias comunes a 55 euros durante seis meses. En paralelo, se incrementa el incentivo a los profesionales que inicien una actividad por cuenta propia y posteriormente contraten a trabajadores por cuenta ajena.
Por último, el texto establece que los autónomos podrán compatibilizar durante un máximo de nueve meses la prestación por desempleo con un alta en el RETA. Esta posibilidad hasta ahora era aplicable únicamente a los menores de 30 años.