Los Tribunales declaran nulidad Cláusula IRPH

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Una reciente sentencia de un Juzgado de Barcelona ha determinado  nula por abusiva la condición general de la contratación contenida enel clausulado de la escritura  que establece como índice de referencia del préstamo hipotecario IRPH de cajas de ahorro.

Así se expresó, en sentencia dictada la semana pasada, el juzgado número 7 de Barcelona. La decisión aumenta las expectativas de un amplio colectivo de damnificados que suscribieron hipotecas con Bancos y Cajas, que incluían como índice de referencia de revisión de los tipos de interés pactados el IRPH (índice de referencia de préstamos hipotecarios, distinto si se trataba de cajas o de bancos, a principios de siglo).

A quienes les ofrecían esta modalidad de revisión les explicaban que era mucho más estable, a diferencia del euribor, que ya por entonces estaba mucho más extendido. Los vendedores, como siempre, argumentaban la estabilidad frente a la volatilidad del euribor. Lo que se callaban era que el ínice era muy superior al euribor, como la trayectoria histórica de ambos índices ha deteminado.

 El mismo juez , dictó una sentencia similar, aunque no idéntica, ante un reclamación de otros usuarios que habían suscrito una hipoteca en agosto del 2005.

Los demandantes reclamantes contra este tipo de cláusulas empiezan a tener el mismo amparo judicial que han obtenido los denunciantes de las cláusulas suelo en otros tipos de hipotecas referenciadas al euribor, que se han movilizado desde hace meses ante los juzgados, con eco mediático.

En el caso de las hipotecas con referencia al  índice IRPH, y después de 15 años, la realidad ha demostrado que todos esos contratos con ese índice supuestamente más beneficioso de cajas y bancos, han sido contratos siempre beneficiosos para los prestamistas. Quienes suscribieron aquellas hipotecas pagan mucho más desde que firmaron la póliza.

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Las dos últimas decisiones judiciales, contundentes en su razonamiento jurídico porque apela a numerosas leyes y resoluciones europeas, exigen a los bancos denunciados (la UCI, Unión de Créditos Inmobiliarios, y el BBVA) que eliminen esa cláusula de revisión del contrato por considerarla abusiva y que devuelva a los demandantes lo aportado de más desde que se pactó en la hipoteca , además de condenar a pagar las costas del proceso.

En una resolución se establece, incluso, que el cálculo que parece razonable para la nueva hipoteca, pues se anula la vigente, debería ser el euribor más un 1%.

Estas sentencias tienen su relevancia por sumarse a otras 20 similares en otras provincias españolas, la mayoría en Guipúzcoa.

Si tienes una cláusula referenciada al IRPH en tu hipoteca, por la que pagas una cantidad excesiva que no deberías abonar, o cuando menos sospechas que la tienes, no dudes en acudir al despacho FIDES en orden a que te revisemos gratuitamente la hipoteca, y asesorarte en tu caso de ´como proceder para que se te elimine judicialmente, y te devuelvan las cantidades abonadas indebidamente de más desde la fecha de la firma de tu hipoteca.

 

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