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¿QUE ES EL SEGURO DE PRIMA UNICA FINANCIADA?
Nos encontramos ante un producto financiero que cubre un determinado porcentaje de la deuda hipotecaria contraída por el cliente con la entidad bancaria en caso de fallecimiento o invalidez de aquel.
Es habitual que las personas que buscan comprar un inmueble lo hagan a través de una hipoteca, en la que el banco adelanta el pago y financia el montante con intereses al interesado, de esta forma la contratación del seguro de vida es bastante importante para el banco, para asegurarse el pago de la deuda.
Entre el 2006 y el 2019 más de un 70% de seguros de vida que se formalizaron con la constitución de una hipoteca se hicieron de forma vinculada con prima única, obligando el banco a su suscripción para poder otorgar el préstamo hipotecario. Por tanto si usted tiene una hipoteca entre esos años, lo más seguro es que entre las numerosas cláusulas abusivas se encuentre la del seguro vinculado.
En estos casos, habitualmente el cliente desconoce la repercusión económica de tal seguro, y no es hasta el momento en que se firma en notaría cuando se le advierte, de que una parte del dinero concedido se va a destinar a un seguro con una prima única, que casualmente ese seguro es concertado con la aseguradora del mismo grupo empresarial que el del banco. El importe de dicha prima puede oscilar entre 8.000 euros a 30.000 euros, ante esta situación muchos clientes o ignoran esta cláusula abusiva o terminan firmando porque de contrario el banco no les entregaba el dinero del crédito, también existen casos en que se les ofrece ciertas bonificaciones, que económicamente no son tan rentables como el banco hace saber a sus clientes.
– ¿CUÁNDO Y COMO SE REALIZABA?
La práctica mencionada ante la nueva Ley 5/2019 reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario ha quedado ya a un segundo plano puesto que prohíbe la realización de ese tipo de prácticas, pero tenemos a día de hoy muchísimos casos en los que el contrato de hipoteca y el seguro siguen en vigor, y con bastantes años por delante.
¿PORQUE EL SEGURO DE PRIMA ÚNICA PUEDE SER ABUSIVO?
A lo largo del periodo mencionado la imposición de un seguro de vida se ha hecho de diferentes formas, y es ABUSIVO, como se ha reconocido en diferentes sentencias del TJUE y los Tribunales españoles, describiendo los métodos más usados que pueden determinar la abusividad de los contratos de seguro los cuales son:
- La imposición de su contratación como condición para la concesión del préstamo.
- La imposición de la aseguradora, que en muchos casos pertenece al mismo grupo que la entidad bancaria, así como la fecha de contratación del seguro, muy próxima a la formalización del préstamo hipotecario.
- La inclusión del seguro en la financiación del préstamo. En algunos casos, la prima del seguro se incluía en el préstamo hipotecario aumentando así el capital concedido y los intereses, generado un beneficio desproporcionado para la entidad bancaria
- El pago de una “prima única”. Era común la práctica de exigir al consumidor pagar en una sola prima inicial todo el importe del seguro, por los años de duración del préstamo.
- La prima del Seguro era mucho más cara que cualquier otra Aseguradora independiente
- El banco no proporcionaba una información clara sobre el coste total y real de la prima que se abonaba por el seguro.
Las prácticas anteriores son indicadores de que ha existido mala fe por parte de la entidad bancaria y que el seguro de vida ha sido contratado obviando las buenas prácticas bancarias, el consentimiento válido del adherente y los deberes de control y transparencia impuestos a los bancos, por lo que son cláusulas abusivas.
– ¿QUÉ DICEN LOS JUZGADOS ?
Es tendencia en los últimos años estimar este tipo de demandas, aunque no ha sido así en todo los juzgados, de una muestra de 23 sentencias analizadas por este despacho desde el 12 de enero de 2016 hasta el 31 de abril de 2023 (a fecha de hoy existen muchas más Sentencias), se han estimado 20.
SAP ISLAS BALEARES 537/2020 DE 19 DE JULIO. | ESTIMADA | SPI BARCELONA 141/2013 DE 23 DE MAYO | ESTIMADA |
SAP DE PONTEVEDRA DE 13 DE SEPTIEMBRE. | ESTIMADA | SPI BARCELONA 217/2023 DE 31 DE MAYO. | ESTIMADA |
SAP ALBACETE 260/2019, DE 14 JUNIO | DESESTIMADA | SAP ASTURIAS 39/2023 DE 24 DE ENERO. | DESESTIMADA |
SAP DE LEÓN DE 4 DE OCTUBRE. | ESTIMADA | SAP DE MURCIA 1046/2022 DE 20 DE OCTUBRE. | DESESTIMADA |
SAP LAS PALMAS 400/202 DE 10 DE MARZO. | ESTIMADA | SAP MURCIA 1187/2021 DE 11 DE NOVIEMBRE. | ESTIMADA |
SAP LEÓN DE 18 DE MARZO. | ESTIMADA | AP LUGO SENTENCIA 166/2022 DE 6 DE JULIO. | ESTIMADA |
SAP MADRID 10/2016, DE 12 DE ENERO. | ESTIMADA | AP LUGO SENTENCIA 489/2022 DE 11 DE MARZO. | ESTIMADA |
SAP LAS PALMAS 883/2020, 28 DE MAYO. | ESTIMADA | AP LEÓN SENTENCIA 503/2022 DE 23 DE JUNIO. | ESTIMADA |
SJPI CÁDIZ 1176/2023, DE 29 DE MAYO. | ESTIMADA | SAP JAÉN 806/2017 DE 13 DE DICIEMBRE. | ESTIMADA |
SAP NAVARRA 441/2023, DE 25 DE MAYO. | ESTIMADA | SAP A CORUÑA 255/2023 DE 18 DE ABRIL. | ESTIMADA |
SAP MÁLAGA 803/2017 DE 7 DE SEPTIEMBRE. | ESTIMADA | SAP A CORUÑA 73/2023 DE 6 DE FEBRERO. | ESTIMADA |
SJPI ZARAGOZA 24/2023 DE 13 DE ENERO. | ESTIMADA |
Si se declara como abusivo el Seguro de Vida impuesto, los Tribunales obligan al Banco a restituir todo lo pagado como prima, más los intereses legales desde la suscripción del seguro, cantidades estar que pueden estar entre los 3.000 y 9.000 euros.
– ¿PORQUE SE HAN DESESTIMADO ESAS TRES?
Las tres que se han desestimado han sido por falta de documentación o por no incidir la hipoteca en uno de los métodos mencionados anteriormente, por esa razón es de vital importancia que se estudie cada caso de manera individualizada y se actúe profesionalmente, algo que es característico del Grupo Fides.
-¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE NECESITA PARA PODER RECLAMAR?
La escritura de la hipoteca y la póliza de seguro, documentación que si por un casual no tiene, debe ser solicitada a la Entidad Bancaria o en su caso a la Entidad Aseguradora.
Desde GRUPO FIDES especialistas en mala praxis bancaria, nos encargamos de reclamar toda cláusula abusiva que el cliente soporte injustamente, entre ellas la nulidad del seguro de vida vinculado a la hipoteca.
Karim Haroug